La Cámara de Casación Penal de Entre Ríos ordenó este martes la “inmediata detención” del exgobernador Sergio Urribarri por la causa en la que fue condenado en 2022 a ocho años de prisión e inhabilitado a perpetuidad para ejercer cargos públicos.
Lo dispuesto por la justicia provincial es una prisión preventiva ya que la condena todavía no está firme.
Asimismo, se dispuso y se concretó, la orden de detención para Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri que también fue condenado en la causa.
El ex mandatario entrerriano fue detenido en horas del mediodía en su vivienda de la ciudad de Concordia y trasladado a la Jefatura Departamental a la espera de ser trasladado a la cárcel de Paraná.
La orden de detención de Urribarri fue dispuesta esta mañana y comunicada por la presidenta de la Cámara de Casación provincial, Marcela Davite, al jefe de la Policía de Entre Ríos, con la instrucción de que una vez detenido, Urribarri fuera “alojado” en la Unidad Penal 1, de Paraná.
La detención se ordenó en el marco de la causa en la que la justicia entrerriana consideró probado que Urribarri dispuso en forma ilegal de fondos públicos para financiar sus campañas electorales; entre otras maniobras, a través de contratos de imprenta y publicidad.
La fiscalía ya había pedido la detención del exgobernador, pero hasta ahora su planteo había sido rechazado. Esta mañana, finalmente, se ordenó la prisión preventiva “hasta que la sentencia condenatoria recaída en autos adquiera firmeza”.
Urribarri ya ingresó a la Unidad Penal Nº1 de Paraná
En horas de la tarde de este martes, el ex gobernador de Entre Ríos fue alojado en la Unidad Penal Nº1 de Paraná, donde pasará la noche. Fue bajo un amplio operativo de vehículos de seguridad en los que arribó a la capital entrerriana.. Posteriormente, se espera que sea derivado a la cárcel de Gualeguaychú.
Urribarri, no obstante, tiene la posibilidad de apelar esta prisión preventiva ante el Superior Tribunal de Entre Ríos, que podría revocar lo ordenado y disponer que Urribarri espere en libertad la definición de la Corte Suprema.
El argumento central del fallo de la Casación provincial de hoy fue el peligro de fuga. La Cámara entendió que cambiaron las circunstancias porque ahora Urribarri tiene una condena confirmada. Y eso se suma a la posibilidad de escapar que le dan sus “importantes vínculos”, según el voto de la jueza Marcela Davite, al que adhirieron las otras dos juezas que firmaron el fallo de hoy, Marcela Badano y María Evangelina Bruzzo.
Las juezas recordaron que en la causa se probó que, como “la máxima autoridad del Poder Ejecutivo”, Urribarri y sus coimputados actuaron “en total impunidad durante ocho años”, recurrieron a “testaferros”, “destinaron el dinero público a fines personales, se sirvieron del aparato estatal y de las facultades legales y constitucionalmente asignadas, y también de las relaciones que entablaron durante el ejercicio de la función pública”.
Así trasladaban a Urribarri
La Cámara de Casación Penal de Paraná dictó la prisión preventiva de Sergio Daniel Urribarri y, en ese marco, el ex gobernador justicialista y exembajador en Israel fue trasladado desde su casa ubicada sobre calle Néstor Garat al 200 de Concordia hacia la Unidad Penal Nº1 de Paraná.
Elonce registró en imágenes la caravana de vehículos que transportó al dirigente hasta la cárcel de la capital entrerriana para que cumpla con la condena a ocho años por cinco causas de corrupción.
Apelación
El abogado defensor del ex gobernador, Leopoldo Cappa, adelantó que apelarán la decisión de Casación, aunque aclaró que este recurso “no suspende” la detención de Urribarri y su cuñado.
En el fallo, Casación hizo propios los planteos de la Fiscalía sobre los riesgos de fuga que estaban latentes tras la sentencia y el encuadre que los tratados internacionales firmados por Argentina dan a las causas de corrupción.
“Encontrándose acreditada la probabilidad de que en libertad los condenados puedan frustrar los fines del proceso, entiendo que se encuentran motivos suficientes para anular la resolución impugnada y disponer la prisión preventiva en unidad carcelaria, teniendo en cuenta especialmente que en función de los tratados internacionales que el Estado suscribió, este proceso penal debe ser sobreprotegido, en tanto el deber de investigar, juzgar y castigar tiene una mayor intensidad cuando lo que está en cuestión son delitos de corrupción como los que aquí se juzgaron”, expresó en su voto la vocal Marcela Davite. A este razonamiento adhirieron las otras dos integrantes del Tribunal, Marcela Badano y Evangelina Bruzzo.
Casación también apuntó a presuntas maniobras dilatorias de las defensas para postergar esta decisión. “Los condenados a través de sus abogados han dilatado el proceso con diversas maniobras que trasuntan o un desconocimiento de la vía recursiva, o una voluntad ex professo de no respetarla, indicadoras en sí del riesgo de frustración de los fines del proceso penal”, puntualizaron las juezas en la sentencia. (Con información de Infobae y La Nación)