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Sociedad Los detalles legales

Cómo proceder ante trabas en la afiliación y cambios de obras sociales

Abogado especialista en el obras sociales, habló con Elonce sobre las trabas que enfrentan los monotributistas para afiliarse a obras sociales y qué acciones legales se pueden tomar. También explicó la situación de los jubilados y sus derechos respecto a la permanencia en una obra social.

14 de Octubre de 2024

REDACCIÓN ELONCE

Los monotributistas están enfrentando dificultades para afiliarse a obras sociales, según advirtió el abogado Cristhian Trulls en diálogo con Elonce. Pese a que tienen derecho a elegir su obra social y sus aportes se destinan a estas, muchas entidades ponen trabas para afiliarlos. "Se encuentran con excusas como falta de formularios o cupos, dilatando el proceso, aunque están legalmente obligados a aceptarlos", señaló Trulls. Asimismo, afirmó que las obras sociales están evadiendo la normativa al no facilitar la afiliación.

 

En cuanto a los cambios de obra social, Trulls mencionó una reciente modificación en la reglamentación que obliga a los afiliados a permanecer al menos un año en la misma obra social antes de poder realizar un cambio. "Es una medida que limita la libertad de elección del afiliado, pero que igualmente permite el cambio tras ese período", explicó.

 

Frente a la negativa o dilación por parte de las obras sociales, el abogado recomendó que los afectados intimen a las entidades a través de una nota legal. "Si no responden o siguen negando la afiliación, se puede recurrir a la vía judicial mediante un amparo, dado que las obras sociales reciben los aportes pero no brindan cobertura, dejando a las personas desprotegidas", sostuvo.

 

 

Trulls también abordó la situación de los jubilados, quienes a menudo enfrentan el desafío de conservar su obra social tras retirarse. "Las obras sociales intentan derivar a los jubilados al PAMI para liberarse de la etapa en la que el afiliado requiere más atención médica", explicó. Sin embargo, los jubilados tienen derecho a permanecer en la obra social que elijan, siempre que lo soliciten por escrito. "Hemos tenido casos en los que, a pesar de presentar la nota, desafilian al jubilado, por lo que se debe intimar nuevamente o recurrir a la justicia", indicó.

 

El abogado enfatizó la importancia de reclamar por los derechos de los afiliados y seguir los procedimientos legales. "El plazo para que las obras sociales respondan es generalmente de 48 a 72 horas. Si no hay respuesta, el camino es judicial, y los amparos suelen resolverse en plazos de entre 10 y 30 días", concluyó.

Elonce

Temas:

Obras sociales derecho afiliacion PAMI

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