Policiales Juicio por jurados en Gualeguaychú

Declararon culpable a prestamista juzgado por balear a un remisero

Un jurado popular decidió la responsabilidad penal de Ramón Eduardo Sequeira, pero no por la imputación de tentativa de homicidio, sino por lesiones graves agravadas, porque no tuvo la intención de matar al remisero Luis Roldán.
Tras la última audiencia de este viernes, donde declararon los testigos de la defensa y se realizaron los alegatos de clausura, el Jurado se retiró a deliberar y de forma unánime se decidió la responsabilidad penal de Ramon Eduardo Sequeira, pero no por la imputación de tentativa de homicidio, sino por lesiones graves agravadas, porque no tuvo la intención de matar al remisero Luis Roldán. Sequeira dejó la prisión preventiva en la Unidad Penal 9 por un arresto domiciliario con tobillera electrónica.

Las pruebas contra Sequeira como autor del disparo fueron contundentes y no dejaron dudas entre el jurado que fue elegido en la audiencia de selección que se realizó el pasado martes. A la prueba fílmica que se presentó, que fue obtenida por el personal policial de la División Investigaciones, que permitió descartar la teoría del robo, se sumó la declaración que realizó la víctima el miércoles en la primera jornada del juicio, donde identificó a su agresor y explicó los motivos por los cuales el hombre le disparó.

El remisero Luis Roldán declaró que había sido Sequeira el que efectuó el disparo y en esa primera audiencia del juicio detalló que habían pactado reunirse en la zona del Carrefour porque Roldán debía devolverle el dinero que Sequeira le había prestado. Roldán no había logrado reunir la cantidad total del préstamo, sino una parte, y eso fue lo que originó la represalia.

En las primeras horas de conocido el hecho ocurrido en la noche del 30 de octubre de 2023 en Gualeguaychú, Roldán había dicho a los investigadores que había sido víctima de un intento de robo por parte de tres jóvenes que había levantado como pasajeros. Más allá de que esa pista fue rápidamente desestimada en los albores de la investigación, Roldán explicó los motivos que lo llevaron a encubrir el hecho. En su declaración dejó bien en claro que lo hizo por el temor a una futura represalia hacia él o alguno de sus hijos.
Las otras dos audiencias, del jueves y viernes, pasaron con más declaraciones, en su mayoría de personal policial involucrados en la investigación, testigos que aportaron datos sobre lo sucedido en inmediaciones del hipermercado donde se produjo el encuentro entre Sequeira y Roldán, y se dejó para la última audiencia los testigos aportados por la defensa, que para las 10 de la mañana ya habían aportado lo suyo.

Luego de un breve receso, la fiscal Natalia Bartolo realizó los alegatos de clausura, detallando punto por punto los argumentos que fueron expuestos en el debate que demostraron la culpabilidad de Sequeira y el móvil del hecho, que tiene su raíz en la actividad del condenado como prestamista de dinero. Posteriormente fue el turno de la defensora Amelia Angerosa, que trató de poner en crisis los argumentos acusatorios y de esa forma originar la duda entre al menos uno de los jurados para de esa forma evitar el veredicto unánime y lograr que el juicio se declare estanco.
Pero eso no sucedió, porque tras los alegatos de clausura, hacia el mediodía el jurado se retiró a deliberar y tras unas dos horas se llegó a una decisión que fue unánime y sorprendente. Cada uno de los 12 integrantes (6 hombres y 6 mujeres) consideraron que Ramon Eduardo Sequeira de 34 años debía ser condenado por el delito de lesiones graves, agravadas por el uso de arma de fuego y no por la imputación inicial que había realizado la Fiscalía de tentativa de homicidio doblemente agravado por codicia y el uso de arma de fuego, porque para el jurado el disparo en la zona abdominal que recibió la víctima no tenía como finalidad matarlo, pese a que estuvo en riesgo su vida y debió ser intervenido quirúrgicamente para salvarlo.

Por otra parte, el condenado llegó al juicio cumpliendo una medida de prisión preventiva en la Unidad Penal 9 El Potrero, y tras la declaración de culpabilidad del jurado, el juez Mauricio Derudi decidió que el condenado abandone la cárcel de Gualeguaychú y cumpla con un arresto domiciliario con el uso de una tobillera electrónica hasta que quede firme la sentencia.

La próxima audiencia se realizará el 5 de julio, en donde Bartolo realizará el pedido de pena, mientras que la defensora Angerosa tratará de requerir que esa pena sea la menor posible. Una semana después, Derudi dará a conocer la sentencia. Vale destacar que la tentativa de homicidio doblemente agravada tiene estipulado una carga penal mínima de 10 años y un máximo de 15, mientras que el delito de lesiones agravadas tiene un mínimo de 1 año y 4 meses a un máximo de 8 años de prisión efectiva. (Fuente: El Argentino)

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