Policiales Revisión de condenas

Robo de bebés: exigen que acusados “cumplan la prisión domiciliaria”

La Cámara Federal de Casación Penal revisa las condenas de Miguel Torrealday y Jorge Rossi. “Queremos que cumplan con la pena y podamos hallar al hermano de Sabrina”, dijo abogada querellante a Elonce.
A pedido de la Cámara de Casación Penal, revisan las penas otorgadas por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná a Jorge Rossi y a Miguel Torrealday por robo de bebés. La audiencia pública comenzó este viernes a las 9.30 en una audiencia pública en los Tribunales federales de Urquiza 872 de Paraná.

Al respecto, la abogada querellante Dra. Lucía Tejera, informó a Elonce que “la causa se enmarca en el plan sistemático del robo de bebés durante la Dictadura Militar, en la cual se comprobó juradamente y se tuvo por probado la responsabilidad penal y el rol que tuvo el Instituto Privado de Pediatría (IPP), y sus dueños, los médicos Torrealday y Rossi. En esta instancia de revisión de pena es algo que viene desde la Cámara de Casación Penal y remite la sentencia, que en su momento fueron condenados a nueve y seis años de prisión”.
Jorge Rossi
Cabe recordar que en 2018, el Tribunal Oral Federal (TOF) condenó a los médicos dueños del Instituto Privado de Pediatría de Paraná, Miguel Torrealday y Jorge Rossi, a 9 años de prisión. Los condenados son responsables de los delitos de sustracción, retención y ocultamiento de los mellizos de Raquel Negro y Tulio Valenzuela -detenidos-desaparecidos durante la última dictadura cívico-militar- nacidos en cautiverio en el Hospital Militar de Paraná a principios de marzo de 1978.

En este sentido, Tejera, expresó que solicitan que “se revisen esas penas en atención ciertos parámetros jurídicos que hoy venimos a discutir y a solicitar se mantengan las penas impuestas por el Tribunal Federal de Paraná”.
“Se trata de la segunda vez que se realiza el recurso, es una nueva instancia de revisión de una causa”, dijo al explicar que “se tienen particularidades que significa que, los niños nacidos en el Hospital Militar durante el cautiverio de su mamá Raquel Negro, y luego fueron trasladados al IPP, Sabrina Gullino Valenzuela Negro, restituyó su identidad a los 29 años”.

“Estuvo casi 30 años sin poder conocer su verdadera historia de tener contacto con su familia biológica, y seguimos buscando a su hermano mellizo. Los médicos, si bien en este plano se le reprocha jurídicamente su participación en el hecho y la determinación del su rol en la producción del ilícito, lo cierto es que mantienen en el plano ético un silencio muy cruel y es muy difícil mensurar una pena”.

Al ser consultada por la pena, destacó que “la pena no se puede elevar, se pueden confirmar o se reduce la pena, es lo que se viene a pedir las partes de la defensa, y el cumplimiento de la pena, ellos están excarcelados”.

“Exigimos que la prisión domiciliaria sea controlada, que cumplieron solo un período de tiempo, luego se les revocó y están excarcelados. Pedimos mantener las penas impuestas y consideramos que es necesario escuchar la declaración de Sabrina ya que cuenta la historia de esta causa”, dijo al sostener que los imputados no tienen ningún tipo de restricción al respecto.

Finalmente, Tejera destacó que “todo el tiempo que Sabrina está buscando a su hermano, los médicos que tienen la información, están en silencio y gozando de su libertad.”



La palabra del Fiscal General José Ignacio Candioti


En un primer momento, el fiscal informó: “Conozco fehacientemente, no solo de haberlo leído, sino que, de haberlo vivenciado, por eso recuerdo perfectamente cuál fue la pena que se puso para esos autores materiales. Fue un quantum bastante superior que el que se puso Torrealday,. Hubo algunas penas de 11 años de prisión, de 13 e incluso hasta de 14 años de prisión”.

En este sentido, destacó que “si analizamos desde esta óptica a Torrealday le correspondería, como participe necesario, una cuantificación de la pena cercana a las de esos autores materiales. O por lo menos, correspondería apartarse significativamente del mínimo y para cumplir con los lineamientos que dice el fallo de la casación”.
En este punto, hizo referencia a la condena del médico militar Juan Antonio Zaccaría, por su actuación en delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar en Entre Ríos.

“Si a la proporcionalidad la quisiéramos tener en cuenta, solo con los autores materiales de la causa Zaccaría, sino que con uno de los justificables fuera encontrado culpable, también hay buenas razones, y jurídicamente consistentes, para establecer a Torrealday una pena superior aa la de Zaccaría”, argumentó el fiscal.

Por otro lado, Candioti expresó que “hay una diferencia entre Zaccaria y Torrealday: el primero era un dependiente en el hospital Militar, mientras que Torraealday tiene el carácter de dueño del IPP, las órdenes qué daba se cumplían si o si”.

Y enfatizó que “si Torrealday hubiera adoptado la conductora debida y correcta, la historia hubiera sido otra”.

NOTICIAS DESTACADAS