

El Ministerio Público Fiscal (MPF) presentó el recurso de impugnación extraordinaria contra la sentencia de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que, por mayoría, anuló el juicio y la condena por femicidio de Jorge Julián Christe, acusado de matar a su pareja Julieta Riera al arrojarla desde el balcón de un edificio en Paraná el 30 de abril de 2020. Con dicho recurso, el MPF solicita que el caso sea elevado a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La resolución de la Sala Penal del STJ que benefició a Christe fue firmada el 1° de junio por los vocales de Claudia Mizawak y Daniel Carubia. Mientras que el vocal Miguel Ángel Giorgio votó en disidencia. El 14 de junio la misma Sala otorgó la prisión domiciliaria para Christe.
Ahora, el MPF dio a conocer el recurso de impugnación extraordinaria en el que planteó sus cuestionamientos al fallo del máximo tribunal provincial. Se trata de un escrito fechado el 19 de junio con 39 páginas en los que plantean los agravios contra la sentencia del STJ. El planteo de elevación del caso a la Corte lo debe resolver la misma Sala Penal del STJ. En caso de resolución adversa, el MPF puede presentar un recurso de queja directamente ante el máximo tribunal nacional.
"La cuestión federal que se invoca reside en que la sentencia cuestionada configura un acto de puro poder, tal como lo expresa el voto en disidencia del Sr. Vocal, Dr. Miguel Ángel Giorgio, en cuanto sustituye -por vía indirecta - la decisión unánime del jurado popular que declaró culpable a Jorge Julián Christe del delito de homicidio triplemente agravado, por el vínculo, alevosía y por haber mediado violencia de género, por haber arrojado desde el balcón de un octavo piso a su pareja Julieta Riera", introducen en el recurso el Procurador General Jorge Amílcar García y el Fiscal de Coordinación Ignacio Aramberry.
Y agregan: "La sentencia cuestionada carece por completo de perspectiva de género y es contraria al deber de diligencia reforzada convencional que el Estado argentino debe observar ante casos extremos de violencia contra las mujeres".
Más adelante, señalan que "la irreparabilidad del agravio radica principalmente en que este Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos obtuvo un veredicto unánime de culpabilidad del jurado por todos los cargos. Dicha condena fue ratificada en el doble conforme por la Cámara de Casación de Paraná e, inclusive, por el certero voto en disidencia del Vocal Miguel Ángel Giorgio".
Enseguida, remarcan que "el voto mayoritario de la Sala en lo Penal del STJ, introduciendo argumentos que ni siquiera fueron planteados por la actual defensa técnica (por ejemplo, un inexistente error de las instrucciones del juez técnico al jurado), decide decretar la nulidad de todo lo actuado y ordena un nuevo juicio por 'el estado de indefensión de Christe a manos de sus abogados de entonces y porque el actuar del juez del debate fue sesgado en contra del acusado'”.
Subrayan que "el voto de sólo dos de los tres jueces de la Sala en lo Penal, terminó imponiéndose por sobre los doce jurados (que expresan la voluntad y soberanía popular) y por sobre los tres jueces de la cámara de casación que confirmaron lo actuado".
En esa línea, sostienen que la sentencia es "completamente arbitraria, sorpresiva, y causó zozobra en la población y en la familia de Julieta Riera (a quien ha re victimizado como pocas veces se ha visto) y ha privado al MPF de una condena legítimamente obtenida de acuerdo al Estado de Derecho ante un jurado popular, tras haber probado todas sus acusaciones más allá de duda razonable".
En el extenso recurso también hacen referencia a la introducción de argumentos que "no habían sido siquiera discutidos ni concedida instancia alguna para controvertirlos".
"El STJER, a través de razonamientos artificiosos, tilda de arbitrarias las valoraciones probatorias mediante las cuales el tribunal de casación verificó la razonabilidad del veredicto del jurado popular, para lo cual fragmenta el análisis de la prueba, sin respetar la debida diligencia reforzada que debe primar en este tipo de casos de violencia contra las mujeres y muy especialmente en este caso que conmovió al país", añaden.
Finalmente, refieren que el fallo de la Sala Penal del STJ contiene varias falencias que "implican un supuesto de gravedad institucional, conforme la condición de mujer de la víctima, quien cuenta con amparo supranacional a través de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), cuyo incumplimiento podría generar responsabilidad internacional y que por ello, además, imponen su consideración por los magistrados de todas las instancias".
"Estas son sintéticamente las razones por las cuales ocurrimos ante la Excma. CSJN para que restituya el veredicto de culpabilidad del jurado contra Jorge Julián Christe y del que nos ha privado esta sentencia arbitraria", concluyen en la parte introductoria del recurso.
El caso
El 30 de abril de 2020, María Julieta Riera perdió la vida al caer del octavo piso del Instituto del Seguro, ubicado en Peatonal San Martín, frente a plaza 1° de Mayo, en el microcentro de Paraná. Tanto la Fiscalía como la querella consideraron que se trató de un femicidio, mientras que la defensa de su ex pareja manifestó que la muerte fue accidental.
El 15 de abril de 2021, en el marco de un juicio por jurado, Christe fue declarado culpable por el delito de Homicidio agravado por el vínculo, por alevosía y por haberse perpetrado en el contexto de violencia de género por unanimidad y fue condenado a prisión perpetua. La sentencia fue confirmada un año después por la Cámara de Casación Penal de Paraná.
Dos años después, en junio de este año, la Sala Penal del STJ anuló la sentencia y ordenó hacer un nuevo juicio. (Fuente: UNO)