El Gobierno Nacional decidió prorrogar la aplicación del programa Puente al Empleo hasta el 31 de diciembre de 2026, según lo establecido en el Decreto 1085/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial.
Este programa, creado en agosto de 2022 con el objetivo de facilitar la inserción laboral de los titulares de planes sociales, había tenido su fecha de vencimiento original el 30 de septiembre pasado, pero la extensión de su vigencia permitirá que continúe apoyando a los sectores más vulnerables durante los próximos tres años.
La normativa que establece la prórroga explica que esta medida se enmarca en “un proceso de reordenamiento, reformulación y sustitución de programas sociales o de empleo, con el objetivo principal de promover y fortalecer aquellas políticas públicas orientadas a posibilitar que los segmentos poblacionales con mayor vulnerabilidad social y económica mejoren sus habilidades y destrezas laborales y accedan a un trabajo registrado y a los derechos de la seguridad social”.
La decisión de extender el programa también responde a la situación laboral del país. En el decreto, el Ejecutivo destacó que “poco más de una cuarta parte de la población económicamente activa de nuestro país accede a un puesto de trabajo asalariado registrado del sector privado”.
En ese sentido, el Gobierno identificó uno de los principales problemas: “la falta de competencias y habilidades que presentan determinados segmentos poblacionales para desarrollar actividades laborales productivas debido, en gran parte, a las dificultades que enfrentan estas personas para acceder a experiencias laborales de calidad que les permita incorporar conocimientos relevantes para el sistema productivo”.
Beneficios para las empresas y trabajadores
Una de las principales características del programa Puente al Empleo es el beneficio fiscal que ofrece a las empresas que contraten a personas con escasa o nula experiencia laboral formal. El programa establece una reducción total del 100% en las contribuciones patronales destinadas a los subsistemas de la seguridad social durante el primer año de empleo, lo que representa un importante incentivo para las empresas del sector privado a contratar a trabajadores que no cuenten con experiencia previa en el mercado laboral formal.
Además, el empleador deberá considerar la asignación dineraria de los planes sociales que el trabajador continúe percibiendo como parte del pago de la remuneración, lo que también reduce el costo laboral para las empresas. Estos beneficios se aplican durante un período de 12 meses. Sin embargo, el decreto aclara que “el tratamiento diferencial a extenderse por el presente decreto respecto de la reducción de contribuciones patronales será compensado con aportes del Tesoro Nacional con el objetivo de asegurar la sustentabilidad económica y financiera del Sistema Único de la Seguridad Social y con el fin de no afectar las prestaciones de sus actuales y de sus futuros beneficiarios”.
Además, el empleador deberá cubrir la diferencia del salario, en caso de que el monto del plan social no alcance para cubrir el salario completo, y hacerse cargo del costo correspondiente de la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo). El decreto también especifica que no estarán incluidas en la exoneración las alícuotas adicionales vinculadas a regímenes diferenciales de la seguridad social, asegurando que el sistema de seguridad social mantenga su sustentabilidad.
Garantías para los trabajadores
El decreto también establece un mecanismo de protección para los trabajadores en caso de que se interrumpa su contrato laboral. En estos casos, los trabajadores tendrán la opción de regresar al programa social original, siempre que los aportes al Sistema de Seguridad Social no superen los 12 meses.
Además, aquellos trabajadores que hayan estado empleados entre 8 y 12 meses podrán elegir entre regresar al programa de origen o acceder al seguro de desempleo, lo que les brinda una mayor flexibilidad ante situaciones laborales inciertas. (Con información de NA)