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Política Decreto

El gobierno prohíbe la propaganda político partidaria en edificios públicos

La normativa prohíbe denominar bienes estatales con nombres de personalidades políticas antes de transcurridos diez años desde su fallecimiento y considera esta práctica como una infracción grave de los principios republicanos.

10 de Diciembre de 2024
Milei firmó el decreto
Milei firmó el decreto Foto: Archivo

Propaganda político partidaria, El presidente Javier Milei firmó un decreto que establece nuevas limitaciones para el uso de nombres propios en bienes y obras del Estado Nacional, con el objetivo de evitar la utilización de recursos públicos para fines de autopromoción personal o partidaria.

 

La normativa prohíbe, entre otras cosas, denominar bienes del Estado con los nombres de personalidades políticas hasta pasados diez años de su fallecimiento, argumentando que estas prácticas contravienen los principios republicanos y afectan la objetividad en la gestión pública.

La norma

En su artículo 1°, el decreto establece de manera tajante: “Prohíbese la exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado Nacional”. Esta medida busca evitar que los nombres de figuras políticas sean utilizados como herramienta de propaganda, reforzando la separación entre lo público y lo personal o partidario.

 

Con esta decisión, el Gobierno apunta a evitar que las denominaciones de espacios públicos estén sujetas a los cambios de las administraciones o los vaivenes políticos.

 

Según explica el texto del decreto, “el fin que se pretende es dotar de mayor objetividad a las denominaciones o nomenclaturas y evitar que sufran los vaivenes propios de los cambios de gobierno, permitiendo de esa manera que el transcurso del tiempo y la objetividad que este brinda sea quien emita un juicio justo y equilibrado sobre las decisiones tomadas por los funcionarios”.

 

 

Reglas para los funcionarios y la participación ciudadana

 

Además de regular la utilización de nombres y símbolos en espacios públicos, la nueva normativa establece restricciones para los funcionarios públicos en relación con la promoción de su propia imagen.

 

El artículo 3° del decreto prohíbe de manera explícita que los funcionarios utilicen “recursos o bienes del dominio público o privado del Estado Nacional con la finalidad de promocionar, celebrar, conmemorar y homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal”. Esta disposición busca evitar que los recursos públicos sean empleados para intereses personales o políticos, alineándose con los principios republicanos y democráticos.

 

El decreto también habilita a los ciudadanos a participar activamente en la supervisión de su cumplimiento. A partir de ahora, cualquier infracción relacionada con esta normativa podrá ser denunciada sin costo alguno a través de la plataforma digital Trámites a Distancia (TAD), lo que abre una vía de participación para la sociedad civil. Esta medida refuerza el control social sobre el uso de los recursos públicos y la correcta aplicación de las normativas que buscan evitar prácticas de autopromoción.

Infracciones y sanciones

 

El incumplimiento de las disposiciones establecidas por el decreto será considerado una “infracción grave” y podrá derivar en consecuencias legales para los responsables. Las sanciones previstas incluyen responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales, lo que otorga un marco normativo más riguroso para garantizar el cumplimiento de la ley y evitar el abuso de los bienes y recursos del Estado.

 

En este sentido, el decreto refuerza el control sobre el uso de los bienes públicos, asegurando que sean empleados exclusivamente en beneficio de la comunidad y no como medio para la promoción política de quienes ocupan cargos públicos. (Con información de NA)

Temas:

Edificios públicos Javier MIlei decreto Boletín Oficial
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