Propaganda político partidaria, El presidente Javier Milei firmó un decreto que establece nuevas limitaciones para el uso de nombres propios en bienes y obras del Estado Nacional, con el objetivo de evitar la utilización de recursos públicos para fines de autopromoción personal o partidaria.
La normativa prohíbe, entre otras cosas, denominar bienes del Estado con los nombres de personalidades políticas hasta pasados diez años de su fallecimiento, argumentando que estas prácticas contravienen los principios republicanos y afectan la objetividad en la gestión pública.
La norma
En su artículo 1°, el decreto establece de manera tajante: “Prohíbese la exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado Nacional”. Esta medida busca evitar que los nombres de figuras políticas sean utilizados como herramienta de propaganda, reforzando la separación entre lo público y lo personal o partidario.
Con esta decisión, el Gobierno apunta a evitar que las denominaciones de espacios públicos estén sujetas a los cambios de las administraciones o los vaivenes políticos.
Según explica el texto del decreto, “el fin que se pretende es dotar de mayor objetividad a las denominaciones o nomenclaturas y evitar que sufran los vaivenes propios de los cambios de gobierno, permitiendo de esa manera que el transcurso del tiempo y la objetividad que este brinda sea quien emita un juicio justo y equilibrado sobre las decisiones tomadas por los funcionarios”.
Reglas para los funcionarios y la participación ciudadana
Además de regular la utilización de nombres y símbolos en espacios públicos, la nueva normativa establece restricciones para los funcionarios públicos en relación con la promoción de su propia imagen.
El artículo 3° del decreto prohíbe de manera explícita que los funcionarios utilicen “recursos o bienes del dominio público o privado del Estado Nacional con la finalidad de promocionar, celebrar, conmemorar y homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal”. Esta disposición busca evitar que los recursos públicos sean empleados para intereses personales o políticos, alineándose con los principios republicanos y democráticos.
El decreto también habilita a los ciudadanos a participar activamente en la supervisión de su cumplimiento. A partir de ahora, cualquier infracción relacionada con esta normativa podrá ser denunciada sin costo alguno a través de la plataforma digital Trámites a Distancia (TAD), lo que abre una vía de participación para la sociedad civil. Esta medida refuerza el control social sobre el uso de los recursos públicos y la correcta aplicación de las normativas que buscan evitar prácticas de autopromoción.
Infracciones y sanciones
El incumplimiento de las disposiciones establecidas por el decreto será considerado una “infracción grave” y podrá derivar en consecuencias legales para los responsables. Las sanciones previstas incluyen responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales, lo que otorga un marco normativo más riguroso para garantizar el cumplimiento de la ley y evitar el abuso de los bienes y recursos del Estado.
En este sentido, el decreto refuerza el control sobre el uso de los bienes públicos, asegurando que sean empleados exclusivamente en beneficio de la comunidad y no como medio para la promoción política de quienes ocupan cargos públicos. (Con información de NA)