

Con 144 votos a favor, 98 en contra y 2 abstenciones, el oficialismo consiguió la media sanción en la Cámara de Diputados para el proyecto de Ley de Ficha Limpia, impulsado por el Gobierno tras haber bloqueado previamente el debate de una propuesta similar del PRO en diciembre de 2024. La votación contó con la presencia de Karina Milei, secretaria General de la Presidencia y hermana del Jefe de Estado.
El proyecto aprobado establece que no podrán ser candidatos ni ocupar cargos públicos aquellos que hayan sido condenados en segunda instancia por delitos como cohecho, tráfico de influencias y otros relacionados con la corrupción. La sesión se destrabó luego de que el oficialismo aceptara modificar el dictamen tras una reunión de emergencia con diputados dialoguistas, lo que permitió modificar la llamada "Cláusula Petri". Esta cláusula, que inicialmente solo impedía postularse a quienes recibieran una condena en segunda instancia en el año previo a las elecciones, fue cambiada para ampliar el alcance de la prohibición.
La figura de la expresidenta Cristina Kirchner estuvo presente durante el debate. Desde Unión por la Patria (UP) se acusó al Gobierno de utilizar la Ley de Ficha Limpia como una herramienta de "proscripción" contra la actual titular del Partido Justicialista, principal oposición al Gobierno. Por otro lado, los defensores del proyecto rechazaron esas acusaciones, afirmando que el objetivo es evitar que personas con antecedentes de corrupción lleguen a cargos públicos.
Las únicas abstenciones fueron las de los diputados del bloque Encuentro Federal, Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot. Pichetto expresó que la inclusión de la cláusula Luis Petri es “un verdadero mamarracho” porque otorga demasiada discrecionalidad a los jueces.
Cambios de último minuto en el proyecto
Tal como informó Ámbito, el cambio al dictamen de mayoría que se aceptó durante el debate parlamentario eliminó una cláusula que establecía plazos de vigencia para las sentencias de condena, dependiendo de si eran años electorales o no. El dictamen original estipulaba que no podrían postularse quienes fueran condenados en segunda instancia antes del 31 de diciembre del año anterior a las elecciones.
El cambio modificado en el artículo 1 establece que la prohibición de candidatura será efectiva desde la confirmación de la sentencia condenatoria en una instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena, siempre que esa confirmación ocurra antes de que comience el plazo establecido en el Código Electoral Nacional. En caso de que la condena se confirme después de ese plazo, la prohibición se aplicará al siguiente proceso electoral.
El nuevo texto también establece que las personas afectadas por la Ficha Limpia solo podrán postularse si están correctamente inscriptas en los padrones electorales, que deben presentarse 180 días antes de las elecciones. En las elecciones de este año, las listas deben presentarse antes del 29 de abril, y los comicios serán el 26 de octubre. Además, el proyecto crea un registro público de Ficha Limpia, gestionado por la Cámara Nacional Electoral, donde se registrarán las sentencias confirmatorias de condenas, sus revocaciones y los datos identificatorios de los afectados.
Objetivo del proyecto de Ficha Limpia
El proyecto oficial de Ficha Limpia propone agregar un inciso a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, ampliando los criterios que impiden a una persona ser candidata en elecciones primarias o generales, o ejercer cargos partidarios. Entre esos criterios se incluyen estar excluido del padrón, ser miembro de las fuerzas armadas o de seguridad, ser magistrado, directivo de empresas concesionarias de servicios públicos o tener condenas por crímenes de lesa humanidad.
La iniciativa del oficialismo agrega que tampoco podrán ser candidatos aquellos condenados por delitos contra la administración pública, como cohecho, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y enriquecimiento ilícito. No se requiere una condena firme, sino que basta con una condena en segunda instancia en la Justicia federal.
El proyecto también incluye la creación de un registro público donde se consignarán las sentencias confirmatorias de las condenas relacionadas con estos delitos, y establece que las restricciones se extienden a nombramientos de funcionarios como el jefe de Gabinete, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de entes y organismos descentralizados, así como directores de empresas con participación estatal, entre otros. (Con información de Ámbito)