La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro resolvió que Carlos Eduardo Robledo Puch, conocido como “El ángel de la muerte” y condenado por ser un asesino serial, podrá acceder al régimen abierto de detención solicitado por su defensa. Este régimen más flexible, que implica una ejecución de la pena con menos restricciones, se llevará a cabo en la Unidad N°25 del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) una vez que se libere un espacio disponible. La decisión fue tomada por el juez Oscar Roberto Quintana, quien evaluó la solicitud de la defensa oficial de Puch para que sea incorporado a este sistema de cumplimiento de la condena.
La abogada defensora argumentó que, según los informes sobre su comportamiento en la prisión, Puch, actualmente alojado en el Pabellón 1 de la Unidad Penal 26, ha mostrado una buena adaptación al régimen penitenciario y no es un generador de conflictos dentro de la población carcelaria. Además, la medida tiene como objetivo flexibilizar las condiciones de su encarcelamiento y fomentar la autodisciplina necesaria para su posible reinserción en la sociedad. El régimen abierto concedido permitiría a Puch acceder a un espacio habitacional con mayor privacidad, sin la presencia de guardias uniformados ni muros perimetrales o rejas, tal como detalló el juez en su fallo. Este espacio se encuentra en la Unidad Sanitaria 25, también conocida como Lisandro Olmos.
Puch, de 72 años, lleva más de 50 años en prisión desde que fue condenado a perpetua por cometer 11 asesinatos entre 1971 y 1972, cuando tenía 19 años. Sus víctimas incluyeron a nueve serenos y dos mujeres, a quienes mató de manera fría y silenciosa, generalmente por la espalda o mientras dormían. Todos los crímenes ocurrieron en el conurbano bonaerense, sin testigos ni huellas.
El Ministerio Público Fiscal se opuso a la solicitud de la defensa, argumentando que un régimen abierto era incompatible con el estado psicológico de Puch, quien, según los informes, presenta problemas para relacionarse con sus compañeros de prisión y manifiesta un fuerte temor paranoide. Además, el informe detalló que el interno continúa con múltiples dolencias físicas, lo que le genera tristeza y tormento, y que no muestra disposición para recibir tratamiento psicológico o psiquiátrico.
No obstante, el juez Quintana consideró una resolución previa de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA), que había recomendado incluir a Puch en un régimen más flexible bajo un período de prueba, de acuerdo con el principio de progresividad en la ejecución penal. El magistrado recordó que, en los últimos años, Puch había sido promovido a regímenes de detención más flexibles, según las recomendaciones de la Dirección General de Asistencia y Tratamiento Penitenciario del SPB y del Departamento Técnico Criminológico de la Unidad N°26.
Además, el juez destacó la necesidad de que Puch se aloje en un establecimiento cercano a unidades penitenciarias especializadas en atención sanitaria, debido a su salud deteriorada. En este contexto, la Unidad N°25 sería la más adecuada, ya que dispone de un programa específico para personas con necesidades de salud especiales y cuenta con acceso cercano a otras unidades penitenciarias donde se podrían tratar sus problemas médicos.
Aunque el juez reconoció que Puch había expresado su negativa a un cambio de régimen o traslado, determinó que su inclusión en el régimen abierto dependería de su consentimiento. El juez ordenó que el personal penitenciario, junto con la defensora oficial, informaran al interno sobre los beneficios de un régimen más flexible, con el fin de asegurar que su transición a este nuevo régimen fuera factible.
(Con información de Infobae)