Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Policiales Departamento Gualeguaychú

Declararon culpable a un hombre de 52 años en un juicio abreviado en Urdinarrain

Fue por contactar a una víctima menor de edad a través de redes sociales para solicitarle imágenes de su cuerpo. Cumplirá una pena de 1 año y 6 meses en Urdinarrain.

14 de Diciembre de 2024
Imagen ilustrativa.
Imagen ilustrativa. Foto: R2820

Un fallo judicial condenó a Fabián Castromán, de 52 años y oriundo de Urdinarrain, a un año y seis meses de prisión por el delito de grooming. El hombre, aprovechándose de la confianza de un menor de edad, lo acosó sexualmente a través de las redes sociales, solicitándole imágenes de contenido explícito.

 

La investigación, llevada a cabo por la fiscal especializada en delitos de género, Natalia Bartolo, logró desentrañar la trama de engaños y manipulación utilizada por Castromán para acercarse a su víctima.

 

Gracias al valor del menor para denunciar los hechos y a las pruebas recabadas, entre las cuales se encuentran los mensajes intercambiados y el testimonio de la víctima en cámara Gesell, se pudo demostrar la culpabilidad del acusado, precisó R2820.

 

¿Qué es el grooming y qué penas puede caberle a los acusados?

 

Los dispositivos, las plataformas y entornos digitales se convirtieron en espacios esenciales en la socialización de niños y adolescentes. Son espacios para el ejercicio de sus derechos, como jugar, comunicarse, educarse, informarse y participar, entre otros. Pero allí también pueden encontrarse con algunos riesgos y situaciones que afecten su integridad.

 

Es toda acción por la que una persona adulta contacta a un niño o adolescente a través de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos para atentar contra su integridad sexual (Ley N°27590).

 

Muchas veces se realiza usando una identidad falsa y creando un vínculo de confianza, que puede ser difícil de reconocer como violencia en un primer momento. También puede ser alguien conocido del círculo íntimo, o un desconocido que no oculte su identidad.

 

Es importante saber que, aunque la violencia ocurra en forma virtual, el daño que produce es real y es necesario intervenir para restituir los derechos vulnerados.

Desde diciembre de 2013 el Código Penal establece que el grooming es un delito  que puede tener una pena de prisión de 6 meses a 4 años. Además, puede ser la antesala a otros delitos, por ejemplo:

 

Obtener material de abuso sexual infantil, ya sea para archivar o para difundir o comercializar en redes de explotación sexual infantil. Generar encuentros personales con sus víctimas con intenciones de cometer un abuso sexual físico.

Temas:

grooming Urdinarrain
Seguí las noticias de Elonce.com en Google News Seguinos en Google News

Comentarios

Tu comentario ha sido enviado, el mismo se encuentra pendiente de aprobación... [X]
Avatar
600
Avatar
ver más
El comentario se encuentra deshabilitado

Denunciar comentario

Spam o contenido comercial no deseado Incitación al odio o a la violencia, o violencia gráfica Acoso o bullying Información errónea
Cancelar Denunciar
Reportar Responder
Tu comentario ha sido enviado, el mismo se encuentra pendiente de aprobación... [X]
Avatar
600
Respuestas
Ver más respuestas
Ver más comentarios
IMPORTANTE: Los comentarios publicados son exclusiva responsabilidad de sus autores Elonce.com se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios injuriantes o discriminadores.

Teclas de acceso