

REDACCIÓN ELONCE
A principios de febrero, el Gobierno Nacional modificó la Ley N° 26.743 de Identidad de Género mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 62/2025, restringiendo el acceso de menores de edad a tratamientos de hormonización e intervenciones quirúrgicas para la adecuación de género. La medida, impulsada por la administración del presidente Javier Milei, establece que solo quienes hayan alcanzado la mayoría de edad podrán acceder a estos procedimientos.
La decisión se fundamenta en el artículo 9° de la Ley N° 26.061, que protege la integridad física, sexual, psíquica y moral de niños y adolescentes, reconociéndolos como personas en desarrollo. Además, el Gobierno sostiene que la restricción es coherente con la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual establece que, debido a su falta de madurez física y mental, los menores requieren protección especial antes y después del nacimiento.
Sin embargo, la medida ha generado un fuerte rechazo en distintos sectores de la sociedad, especialmente entre organizaciones que defienden los derechos de la comunidad LGBTIQ+.
Amparos judiciales contra la prohibición
Desde la Asociación Civil EQUAL, una organización con sede en Paraná que trabaja por la igualdad y la inclusión de infancias y adolescencias LGBTIQ+, se ha tomado la iniciativa de recurrir a la Justicia para frenar los efectos del DNU. El abogado Ariel Villanueva, junto a su colega Agustín Rufini, presentaron tres amparos contra obras sociales sindicales que interrumpieron la cobertura de tratamientos de hormonización a adolescentes trans.
"El DNU prohíbe la continuidad y la realización de tratamiento de hormonización o de adecuación de género, que incluyen intervenciones quirúrgicas, para menores de 18 años. El decreto está fundado en el interés superior del niño, pero consideramos que se está lesionando ese derecho y estamos ante un atropello y un riesgo muy grave para adolescencias", expresó Villanueva en diálogo con Elonce.

Según argumentan los letrados, la prohibición impuesta por el Gobierno no responde a criterios médicos ni científicos, sino que es una decisión política que afecta directamente a quienes ya estaban en tratamiento.
Fundamentos y denuncias contra el decreto
Villanueva explicó que la presentación de los amparos se basa en la urgencia de los casos en los que los tratamientos fueron abruptamente suspendidos. "La urgencia que nos lleva a presentar amparos judiciales es por tres situaciones en las cuales los tratamientos se vieron interrumpidos, sin ningún criterio médico ni científico", afirmó, señalando además que la normativa podría ser declarada inconstitucional.
El abogado advirtió que el decreto "será insostenible por una cuestión dañina y nociva para la adolescencia", ya que afecta la salud física y mental de quienes se encuentran en plena etapa de desarrollo. Además, denunció que las primeras interrupciones de cobertura se registraron en obras sociales sindicales, que dejaron de financiar los tratamientos tras la entrada en vigencia del DNU.
Otro aspecto que generó indignación entre los denunciantes es la manera en que algunas obras sociales han respondido a los requerimientos de los pacientes trans. Según Villanueva, al notificar la suspensión de los tratamientos, algunas instituciones se refirieron a los adolescentes con su nombre anterior al cambio de DNI, lo que es considerado una práctica discriminatoria y ofensiva.
Finalmente, el abogado advirtió sobre los efectos negativos de la prohibición: "El DNU vulnera el derecho del niño porque le imposibilita acceder a un tratamiento con incluso daños irreversibles en lo referido a lo biológico y lo físico en el momento donde es más sano para identidades disidentes".
Mientras el debate continúa y se espera una resolución judicial sobre los amparos presentados, la medida sigue generando controversia y preocupación entre quienes defienden el derecho de los adolescentes trans a acceder a tratamientos de afirmación de género.