El Gobierno Nacional retrotrajo los precios de productos de consumo familiar a los vigentes el 6 de marzo y fijó una lista de referencia con valores máximos, en el marco de las medidas implementadas para garantizar el abastecimiento y evitar potenciales abusos frente al impacto de la pandemia de coronavirus. Para consultar los valores vigentes en las distintas ciudades se debe ingresar al <a href='https://www.preciosclaros.gob.ar/#!/buscar-productos' target='_blank'>sitio Precios Claros</a>. Allí se debe colocar la ciudad en la cual uno se domicilia y se pueden consultar los valores establecidos. Por ejemplo, en Paraná el medio litro de alcohol en gel debería conseguirse por 93 pesos, pero sucede que ninguno de los comercios lo tiene disponible.
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"Estamos usando las herramientas legales para sancionar a quienes no cumplan las normas y especulen subiendo precios", dijo el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, al anticipar las medidas que saldrán publicadas mañana en el Boletín Oficial.
En línea con lo expresado por el presidente Alberto Fernández en distintas oportunidades, el ministro Kulfas advirtió que el Gobierno no va a permitir que algunos productores y comerciantes "se pasen de vivos y se aprovechen de la necesidad y la angustia de la gente".
En ese sentido, el ministro había anticipado hoy que "va a haber muchas inspecciones de precios" y "habrá clausuras para quienes incumplan las normas", al ratificar una canasta básica con unos 2.000 productos de 50 categorías que quedarán sujetos a precios máximos.
La resolución alcanza a hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, minimercados minoristas y supermercados mayoristas, regirá para los próximos 30 días corridos, con posibilidad de revisión, y la lista de los productos con los precios máximos estará publicada on line en el menor plazo posible.
Las medidas también establecen que las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización "deberán incrementar su producción al máximo de su capacidad para satisfacer la demanda" y asegurar el acceso de todos los ciudadanos a los productos.
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"Quienes no cumplan con esta decisión serán sancionados -aseguró el MInisterio de Desarrollo Productvo-, en el marco de la Ley 20.680 de Abastecimiento como del Código Penal respecto a prácticas especulativas", es decir la indisponibilidad manifiesta de mercadería y/o oferta de productos por encima de los precios máximos.
A la par del anuncio de la disposición de precios máximos de referencia para una canasta de productos esenciales, el Ministerio continuó hoy con las inspecciones a comercios, farmacias e industrias a partir de denuncias de los consumidores por sobreprecios en el alcohol en gel y faltantes de artículos como barbijos, con los cuales se realizaron cerca de 400 operativos en todo el país.
Durante estas inspecciones se relevó información y control de productos básicos y esenciales para la ciudadanía, tanto alimenticios como de prevención (alcohol en gel, guantes, desinfectantes, barbijos).
Los inspectores de la Secretaría de Comercio Interior relevaron precios de productos y labraron actas tras detectar irregularidades en el incumplimiento de la disposición de retrotraer los precios al 15 de febrero.
El Ministerio informó que los casos de abusos en los aumentos de precios, desabastecimiento y otras irregularidades pueden denunciarse en Defensa del Consumidor al 0800-666-1518, por correo electrónico a consultas@consumidor.gob.ar o por Twitter @DNDConsumidor.
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