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Haciendo Comunidad De Entre Ríos

Comenzó el reempadronamiento obligatorio para las Sociedades Comerciales

Dentro de los próximos 90 días, las sociedades comerciales que se encuentran inscriptas en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia, deberán reempadronarse a través de un nuevo sistema electrónico.

26 de Abril de 2019

Dentro de los próximos 90 días, las sociedades comerciales que se encuentran inscriptas en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia, deberán reempadronarse a través de un nuevo sistema electrónico.

El mismo permitirá identificarlas actualizando la base de datos y habilitando un nuevo canal para notificaciones y difusión de índole informativa, así como también cruzar datos con otros organismos oficiales para establecer estadísticas que permitan la implementación de políticas públicas concretas.

 

El trámite debe ser realizado por cada sociedad comercial a través del sitio oficial de la Dirección: <a href='http://www.entrerios.gov.ar/personasjuridicas/' target='_blank'>http://www.entrerios.gov.ar/personasjuridicas</a>.

 

"Es un trámite muy sencillo, ya que sólo debe completarse un formulario digital, en donde se solicita nombre completo de la empresa, CUIT y domicilio electrónico. Una vez completo el formulario debe ser impreso y presentado en mesa de entrada de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas con la firma certificada del gerente o responsable legal de la empresa, para que nosotros carguemos la información", detalló el director del área, Lisandro Amavet.

 

Asimismo, explicó que este reempadronamiento es muy importante porque "estamos instalando un Sistema de Identificación Electrónica de los expedientes de todas las sociedades de la Provincia, que al ser digitalizados permitirá a la Dirección contar con un sistema de notificación electrónica para contactarnos con las sociedades de una manera más eficiente".

 

El trámite debe ser realizado por todas las entidades comerciales: Sociedad Anónima (SA), Sociedad Responsabilidad Limitada (SRL) y Sociedad por Acción Simplificada (SAS), que se encuentran inscriptas en la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, por el plazo de 90 días a partir de hoy.

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