Las empleadas domésticas lograron un nuevo acuerdo salarial. El aumento se dividirá en dos: 8,5% retroactivo a julio y 4% para agosto.
Por tercera vez consecutiva, la suba vuelve a ser acumulativa y la de julio se calculará en base a los salarios, por hora y por mes, de mayo. Para agosto, se tomarán en cuenta los de julio.
Detalles
Después de un atraso de dos meses y de otras dos reuniones fallidas, se actualizaron los ingresos de una empleada doméstica y las demás categorías del sector, con un aumento del 8,5 por ciento para julio y un 4 por ciento para agosto, acumulativo; al tiempo que se fijó un nuevo encuentro para el 18 de septiembre, con el propósito de analizar la marcha de la inflación y la relación con los sueldos.
El encuentro de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se llevó a cabo este lunes.
Desde la secretaría de Trabajo se trató de arbitrar entre el sector empresario y los sindicatos, quienes en la reunión del viernes pasado reclamaron un 13 por ciento en dos partes: 8 por ciento en julio y 5 en agosto, "y volver a reunirnos la primera semana de septiembre".
Negociaciones
La oferta de las patronales parecía inamovible del 12 por ciento de mejora para julio, agosto y septiembre, dividido en 4 por ciento para cada mes, lo que fue rechazado de plano por los sindicatos.
En principio, los representantes gremiales habían solicitado un 22 por ciento: 8 por ciento para julio, 7 en agosto y 7 en septiembre, "teniendo en cuenta que venimos de dos meses sin recuperación de salario", dijeron.
Como respuesta, las cámaras ofertaron ese 12 por ciento en tres cuotas de 4 por ciento y no se movieron de esa posición hasta el viernes pasado, cuando iProfesional adelantó un posible acuerdo.
El acercamiento vino de la mano de la contraoferta sindical de ese 13 por ciento, al que casi se supera, ya que el 8,5 por ciento de julio y el 4 por ciento de agosto es acumulativo.
De cuánto será el sueldo con el nuevo aumento
Quinta categoría: la última y más demandada, la de tareas generales: para las con retiro. el mes de julio $ 309.001 y el de agosto, a $ 321.365,63 respectivamente. Para las empleadas "con cama adentro": $ 343.606 y $ 357.350, cada mes.
Cuarta categoría: con retiro, $ 343.606 en julio y $ 357.350. en agosto, respectivamente. Sin retiro, o con cama adentro, cobrarán de mínima: $ 382.912 y $ 398.229, respectivamente.
Tercera categoría, caseros: el mes en julio queda en $ 343.606 y para agosto, $ 357.350, respectivamente con retiro.
Segunda categoría: para las empleadas domésticas con retiro, $ 352.177 para julio y $ 366265 para agosto. Las empleadas de casas particulares sin retiro: $ 392.034 y $ 407.715, respectivamente.
Primera categoría: para las con retiro, $ 379.070 para julio, y $ 394.233 para agosto. Sin retiro: $ 422.241 y 439.131, cada mes.
Cuánto se deberá pagar la hora en julio y agosto
Para la quinta categoría, la hora para las con retiro es de $ 2.519 para julio y $ 2.620 para agosto. Para las sin retiro, el salario por hora es de $ 2.716 para julio y $ 2.825 para agosto, respectivamente.
Para la cuarta categoría, la hora para las con retiro es de $ 2.716 para julio y 2.825 para agosto, respectivamente. Y para las sin retiro, $ 3.038 para julio, y $ 3.159.
La hora para la tercera categoría, los caseros, es de $ 2.716 para julio y $ 2.825 para agosto.
Para tareas específicas, se cobra por hora $ 2876 para julio, y $ 2.991 para agosto, con retiro. Y de $ 3.154 para julio y $ 3.280 para agosto, sin retiro.
Supervisores, la primera categoría, las con retiro cobran mínimo $ 3.078 para julio y $ 3.159 para agosto. Y para aquellas con retiro, la hora es de $ 3.327 para julio y $ 3.460 para agosto, respectivamente