

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó una nueva resolución general que establece los procedimientos y criterios específicos para la clasificación de los grandes contribuyentes.
Esta medida, que se encuentra bajo la jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes, dependiente de la Dirección General Impositiva (DGI), tiene como objetivo organizar de manera más eficiente el proceso de fiscalización, percepción y aplicación de tributos.
De acuerdo con lo estipulado, la DGI será la encargada de coordinar todas las acciones fiscales para un segmento particular de contribuyentes. Dichos contribuyentes se determinarán a partir de una serie de criterios previamente establecidos, con el fin de asegurar una administración más efectiva de los recursos fiscales y de la seguridad social. Este cambio busca optimizar los procesos que involucran a aquellos que tienen un impacto significativo en la economía nacional.
Criterios y procedimientos de clasificación de grandes contribuyentes
Según lo dispuesto en el artículo primero de la Resolución General 5670/2025, la DGI será la encargada de determinar la nómina de contribuyentes y responsables que entrarán en este nuevo esquema. La selección se realizará tomando en cuenta parámetros como la magnitud de las obligaciones tributarias, las declaraciones juradas presentadas, y el volumen de ventas y exportaciones de las empresas. También se considerarán otros aspectos como la cantidad de empleados, las operaciones con divisas, las tenencias patrimoniales y las relaciones comerciales o societarias de las empresas.
Además, la metodología incluirá la evaluación de la capacidad operativa de las unidades administrativas encargadas de gestionar a los contribuyentes que formen parte de este segmento.
En cuanto a la periodicidad de las revisiones, la normativa establece que la nómina de contribuyentes será revisada con una frecuencia bienal, es decir, cada dos años, para asegurar que los parámetros de clasificación sigan siendo válidos y actualizados según el contexto económico.
Flexibilidad en la incorporación de nuevos contribuyentes y las condiciones específicas
Si bien la norma establece un período bienal para la revisión de la nómina, también contempla una flexibilidad limitada. Se podrá incorporar hasta un 10% adicional de contribuyentes fuera de este plazo, siempre que existan razones justificadas. La DGI podrá tomar decisiones sobre estos casos en función de los mismos criterios de segmentación establecidos en la resolución, tales como la importancia de la empresa, el sector económico en el que se desenvuelven, y otras condiciones específicas detalladas en el artículo primero de la normativa.
Entre los contribuyentes que quedarán automáticamente comprendidos en la nómina, se encuentran aquellos que estén obligados a presentar el “Informe país por país” (según lo dispuesto por la Resolución General 4130), aquellos que hayan formalizado una “Determinación Conjunta de Precios de Operaciones Internacionales”, y los que desarrollen actividades económicas consideradas de alta complejidad o especificidad. Asimismo, se integrarán los denominados Vehículos de Proyecto Único (VPU), los cuales están vinculados a grandes inversiones que califiquen como Gran Inversión.
Objetivo de la medida para el control fiscal
La implementación de esta medida tiene como objetivo mejorar el seguimiento y la fiscalización de los contribuyentes de gran escala, con el fin de fortalecer el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
A través de la clasificación de estos contribuyentes, la DGI busca mejorar el control sobre sectores económicos de relevancia, garantizando un manejo más eficiente de los recursos fiscales y sociales. La resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que marca el inicio de un proceso de optimización en el control tributario.
Finalmente, se detalló que la incorporación y/o desafectación de los contribuyentes de la nómina se formalizará mediante un acto administrativo emitido por la Dirección General Impositiva, el cual será notificado a través del Domicilio Fiscal Electrónico o por otras formas establecidas en el artículo 100 de la Ley N° 11.683, según las modificaciones de 1998. La firma de esta resolución fue realizada por Juan Alberto Pazo, titular de la ARCA desde diciembre de 2024, quien asumió el cargo luego de la salida de Florencia Misrahi. (Con información de