Paraná Paraná

Rechazan amparo para obtener cobertura total en tratamiento de esclerosis múltiple

La Cámara Federal confirmó la sentencia que rechazó la solicitud de internación urgente en el Caice, argumentando que el Programa Incluir Salud respondió adecuadamente y ofreció alternativas a la parte demandante.

8 de Enero de 2025
La Cámara Federal de Paraná

Rechazan amparo. La Cámara Federal de Paraná, integrada por las juezas Beatriz Aranguren y Cintia Gómez, resolvió este martes rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y confirmar la sentencia de primera instancia.

 

La demanda fue presentada por una mujer en representación de su hermano, quien padece esclerosis múltiple y trastorno depresivo. La mujer solicitaba una orden judicial para que el Programa Federal Incluir Salud (Profe) autorizara de manera urgente y en su totalidad la cobertura de internación en el Centro de Atención Integral y Cuidados Especiales (Caice) de Paraná.

 

En su presentación, la actora relató que su hermano se encuentra postrado, con pérdida de sensibilidad en sus extremidades, y depende totalmente de la asistencia de terceros. Aseguró que vive solo, recibiendo únicamente ayuda esporádica de vecinos, y que su situación requiere atención médica especializada urgente, la cual no puede ser brindada en su hogar debido a la falta de recursos y condiciones adecuadas para su cuidado.

 

Los médicos tratantes indicaron la necesidad urgente de la internación en el Caice, destacando que este centro es el único adecuado para tratar la patología de su hermano debido a su equipo de profesionales especializados. Sin embargo, a pesar de las solicitudes médicas, el Programa Incluir Salud no autorizó la internación, lo que, según la actora, pone en grave peligro la vida de su hermano.

 

En su fallo, la Cámara Federal explicó que, a pesar de la gravedad del cuadro clínico del paciente y la necesidad de tratamiento especializado, no se pudo concluir que el Programa Incluir Salud actuara de manera arbitraria o ilegal. Tras analizar la documentación presentada, las juezas consideraron que la parte demandada respondió de manera oportuna y razonable dentro del plazo correspondiente. Además, argumentaron que el Programa fundó adecuadamente su negativa y ofreció alternativas a los requerimientos de la actora.

 

La sentencia señaló que el certificado médico presentado por la parte actora solo solicitaba "asistencia especializada en forma permanente" sin especificar que dicha asistencia debía ser proporcionada exclusivamente en el Caice, a pesar de que otras instituciones podrían ofrecer la atención requerida.

 

Cronología del caso

En la documentación presentada, se observó que la parte actora había intimado al Programa Incluir Salud para que en un plazo de 12 horas autorizara la internación en el Caice. En respuesta, el Programa explicó por correo electrónico que brinda atención en hospitales y centros de salud públicos de la Red Sanitaria Provincial y, en casos excepcionales de falta de capacidad, realiza derivaciones a prestadores privados.

 

Por su parte, el Caice informó que no contaba con vacantes disponibles ni para internación inmediata ni mediata, debido a una extensa lista de espera de pacientes. La institución agregó que, al ser un centro de rehabilitación de alta complejidad, no era adecuado para pacientes crónicos, y recomendó derivar al paciente a otras instituciones. (APF)

Paraná Cámara Federal Amparo justicia salud