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Qué productos no se pueden cruzar por la frontera entre Argentina y Chile

El Senasa recordó que en ambos países está prohibido ingresar productos y subproductos de origen animal y vegetal como medida de prevención contra plagas y enfermedades que puedan afectar a sus producciones.

11 de Junio de 2015

Ante la previsible afluencia de argentinos a la Copa América 2015 de Fútbol a disputarse en Chile, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recuerda que en ambos países está prohibido ingresar productos y subproductos de origen animal y vegetal como medida de prevención contra plagas y enfermedades que puedan afectar a sus producciones agrícologanaderas.

 

Los controles de cargas y pasajeros en 104 Puestos de Control Fronterizo (estaciones aéreas internacionales, puertos y puestos de frontera terrestre) constituyen una de las múltiples acciones que realiza el Senasa para preservar el estatus zoofitosanitario logrado por la Argentina, expresado en la calidad e inocuidad de sus productos agroalimentarios.

 

El Senasa recomienda al viajero informarse previamente acercándose a cualquiera de sus 368 oficinas distribuidas en todo el país; llamar a la línea gratuita 0800-999-2386 o ingresar en el apartado información para el turista de su sitio web del Senasa.

 

A uno y otro lado de la frontera, en los Puestos de Control de Pasajeros (PCP), los agentes del Senasa y del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Chile, verifican que los pasajeros no ingresen animales vivos sin su correspondiente documentación sanitaria y agroproductos de riesgo, tales como embutidos, jamón, chacinados, plantas, frutas, flores, semillas entre otros.

 

En caso de viajar con mascotas (perro- gato) se deben cumplimentar los requisitos necesarios para su salida y regreso al país, tramitados previamente en las oficinas de Senasa, donde se puede requerir la información y la certificación necesarias.

 

Asimismo el SAG de Chile indicó que "todas las personas que ingresen a Chile y que sean mayores de 18 años, deberán declarar todos los productos, partes y/o subproductos de origen animal y/o vegetal (que no tengan carácter de carga comercial) sin importar su cantidad o tiempo desde que lo obtuvo".

 

Un agente del Organismo trasandino evaluará si el producto está en condiciones de ingresar al país y quien no declare su existencia será pasible de multas.

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