Sociedad Anmat

Prohibieron la elaboración y venta de una marca de maíz inflado

ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de una marca de maíz inflado por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulado.

25 de Octubre de 2024
Maíz inflado prohibido ANMAT

Maíz inflado prohibido. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) tomó la decisión de prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización de un producto de maíz inflado que carece de los registros sanitarios necesarios.

 

La disposición 9417/2024, publicada este viernes en el Boletín Oficial, afecta a la marca “TuTuCa BooM, peso neto 75 g (Aprox.), RNE: En trámite, RNPA: En trámite, elaborado en Ruta N° 200 N° 1256, Marcos Paz en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento”.

 

Esta medida se implementa en todo el territorio nacional y también abarca las plataformas de venta en línea.

 

 

Detalles

La prohibición se origina en una investigación que comenzó cuando la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires realizó una consulta a las autoridades del municipio mencionado en el envase del producto. Según el informe recibido, en la dirección especificada “funciona una concesionaria de autos desde el año 2018”.

 

En paralelo, la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba comunicó que el área de Bromatología de la localidad de Arroyo Cabral verificó que la razón social del RNE exhibido en el rótulo del producto investigado no está relacionada con el mismo, y que no posee actividad comercial vinculada a ningún establecimiento en la provincia de Buenos Aires.

 

 

Protección de la Salud Pública

Ante esta situación, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recomendó la prohibición del producto.

 

“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”, señala la recomendación.

 

La Anmat subrayó que “el señalado procedimiento encuadra en las funciones de fiscalización y control que le corresponde ejercer”, lo que pone de manifiesto su compromiso con la salud pública. (Con información de La Nación)

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