Política Fallo tras el amparo del gremio

La justicia confirma que el Fopid y el CPC no son remunerativos tras apelación de Agmer

Un fallo desestimó la apelación presentada por Agmer en relación con el Fondo Provincial de Incentivo Docente y el Complemento Provincial de Conectividad. Así, se avala la postura del gobierno que considera que no puede ser incorporado a paritarias.

27 de Diciembre de 2024
Tribunales de Paraná. (Archivo)

En un reciente fallo del 20 de diciembre de 2024, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos desestimó la apelación presentada por la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), en relación con el Fondo Provincial de Incentivo Docente (Fopid) y el Complemento Provincial de Conectividad (CPC). La jueza de primera instancia, Dra. María del Pilar Teresita Villa, determinó que estos conceptos no son considerados remunerativos ni bonificables.

Sede de Agmer Central en Paraná.

 

El tribunal subrayó que el decreto 2754/24 y la resolución 2904/24 del Consejo General de Educación (CGE) no especifican el carácter remunerativo de estos conceptos, enfatizando que es el CGE quien tiene la facultad para su liquidación. Además, se destacó que no existía urgencia que justificara la vía del amparo solicitado por Agmer.

 

Esta decisión judicial refuerza la postura del gobierno provincial y establece de manera clara que el Fopid, diseñado para reemplazar el Fondo Nacional de Incentivo Docente (Fonid), no es reintegrable y no puede ser incorporado a las paritarias.

Este fallo reafirma la posición del gobierno provincial de que los aportes como el Fopid y el CPC, "no forman parte del salario remunerativo, lo que tiene un impacto significativo en la estructura salarial de los docentes", señalaron desde el gobierno provincial en un comunicado enviado a este medio.

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