La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de reposición presentado por la defensa de Nahir Galarza. Por tal motivo, continuará presa en la Unidad Penal de Paraná y deberá cumplir la condena a prisión perpetua que se le impuso por el crimen de su novio, Fernando Pastorizzo, ocurrido el 29 de diciembre de 2017 en Gualeguaychú.
La nueva sentencia deja firme el veredicto condenatorio dictado contra la acusada, por lo que continuará detenida hasta 2052, cuando cumpliría 54 años.
La sentencia en la que se rechazó el recurso reposición de la defensa de Galarza fue firmada por los ministros Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. Al fundar la resolución el Máximo Tribunal recordó que sus decisiones no son, en principio, susceptibles de recurso alguno sin que en el caso se configure algún supuesto estrictamente excepcional que justifique apartarse de tal doctrina.
Respecto al planteo de inconstitucionalidad del artículo 280 CPCCN, la Corte declaró que aquellas objeciones son extemporáneas “toda vez que la parte recurrente no pudo desconocer que el citado artículo faculta a la Corte a resolver de ese modo (...), de modo que debió plantear tales cuestiones al tiempo de interponer el recurso extraordinario”.
Durante el proceso que instruyó la Justicia de Entre Ríos se acreditó que Galarza y Pastorizzo circulaban en un ciclomotor conducido por el joven, cuando la joven extrajo de entre sus prendas una pistola calibre 9mm y disparó contra Pastorizzo por la espalda, generando que la víctima cayera al piso.
En esa posición, y ya de frente, efectuó un segundo disparo “con claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo porque dichas balas tuvieron orificio de entrada y de salida produciendo una lesión bronco-pulmonar derecha, produciéndole el deceso momentos después”.
El 24 de julio de 2018 el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguaychú e Islas de Ibicuy condenó a Galarza como autora del delito de homicidio calificado por ser una persona con la cual mantenía o ha mantenido una relación de pareja. Con esta sentencia, Galarza se convirtió en la mujer más joven en ser condenada a prisión perpetua en la historia penal argentina.
El tribunal descartó la hipótesis de la defensa que proponía un homicidio culposo y la existencia de una situación de violencia de género entre Pastorizzo y Galarza que justificara una culpabilidad disminuida en los términos del artículo 80, último párrafo, del Código Penal. Asimismo, entendió aplicable el agravante de “relación de pareja” y, finalmente, no consideró acreditada la afectación al derecho de defensa en juicio de Galarza que implique un accionar procesal discriminatoria a su posición o una mengua a sus derechos.
Sus abogados analizan recurrir a los tribunales internacionales
Cabe recordar que, en julio de este año, la Corte Suprema había rechazado el recurso de queja presentado por los abogados de Galarza. De esta forma, no le quedan más instancias en nuestro país para revertir la condena y solo podría recurrir a tribunales internacionales.
En aquel entonces, uno de los abogados defensores de Nahir Galarza, Horacio Dargainz, había adelantado a Reporte2820 que recurrirían ante la Corte Internacional de Derechos Humanos (CIDH).
Dargainz cuestionó a la Corte Suprema porque "no analizó el caso, solo se basó en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación con el que discrecionalmente eligen a su criterio qué casos no evaluar y, lamentablemente, este fue uno". A su vez, había dicho que los jueces se tomaron "más de tres años para resolver".
Nahir Galarza tenía 19 años cuando fue detenida en 2017. Esto significa que deberá cumplir los 35 años de cárcel, el máximo de la pena a prisión perpetua. Por lo que estará en condiciones de salir en libertad cuando cumpla 54 años. (Fuente: La Nación)