En los Tribunales de Gualeguaychú, pasadas las 13.30 de este viernes, el jurado popular integrado por 12 vecinos declaró "culpable" del delito de Homicidio Preterintencional a Conrado González por el crimen de Alexander Reverdito.
El jurado llegó a un veredicto unánime y se lo informó al juez técnico Mauricio Derudi que fijó la fecha de la audiencia de cesura para el viernes 6 de diciembre a las 9, día en que se conocerá el monto de pena que se impondrá al joven de 25 años condenado.
Recordemos que el Código Penal establece para el homicidio preterintencional una pena entre 1 y 6 años de prisión.
Durante el alegato la Fiscalía acusó a Gonzalez de homicidio simple con dolo eventual que cuenta con penas de entre 8 y 25 años de cárcel, sin embargo, el jurado se inclinó por una calificación menor.
Al respecto, el delito Preterintencional es cuando los golpes de puño se usan para producir un daño y no matar. Es decir, el resultado que se provoca, la muerte, va más allá de la intención original del acusado. En resumen, un medio que no debía matar y una intención que era dañar son los dos elementos que forman el homicidio preterintencional.
El hecho
El incidente que derivó en la muerte de Alexander, oriundo de Talitas y de solo 20 años, se dio en la noche de Año Nuevo de 2023 cuando salió con sus amigos a un boliche en Larroque. Esa madrugada, cuando regresaba en bicicleta a la casa de su hermana, se cruzó en su camino a Conrado González que caminaba junto a su novia en sentido contrario por calle Islas Malvinas. Casi sin mediar palabras, González lo golpeó de una trompada que hizo caer a Reverdito de su bicicleta, y una vez en el piso continuó golpeándolo.
Esa agresión derivó en un cuadro complejo de Alexander que se agravó con las horas y el 2 de enero de 2023 le costó la vida cuando estaba internado en el Hospital Centenario. (R2820)