Policiales Rechazaron impugnación

El STJ dejó firme la sentencia de prisión perpetua para la madre de Tahiel

La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, rechazó la impugnación extraordinaria presentada por el abogado de Macarena Ortiz, la madre del pequeño que murió tras gravísimos malos tratos, y dejaron firme la condena a perpetua.   

22 de Agosto de 2024

En la audiencia que se realizó este miércoles en la ciudad de Paraná, los integrantes de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos decidieron rechazar la impugnación extraordinaria presentada por el defensor de Macarena Ortiz, y de esta forma dejar firme la sentencia dictada en Gualeguaychú y ratificada en Concordia.

 

La muerte de Tahiel Moussou causó mucho dolor en Gualeguaychú. Unos meses antes el país se había hecho eco del asesinato de Lucio Dupuy en La Pampa a manos de su madre, con apenas cinco años. Tahiel era más chico, no llegaba a los tres años de edad cuando el 2 de mayo de 2022 ingresó sin vida al Hospital Centenario y con evidentes signos de maltrato infantil.

 

El cuerpo de Tahiel presentaba “lesiones agudas, recientes y antiguas, en todas partes del cuerpo”, falleciendo “asfixiado luego de que el contenido gástrico se le fuera a la parte respiratoria tras perder el conocimiento”. Los responsables fueron su madre, Macarena Ortiz de 25 años, y quien era su pareja en ese momento, Alfredo Sebastián “Pato” Ferreyra, de 38 años, que se quitó la vida en la celda de la Jefatura de Policía a las pocas horas de conocido el caso.

 

Con esto, la única que siguió adelante con el proceso fue la madre de Tahiel, que fue imputada de Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber sido cometido con alevosía. A principios de junio del 2023 comenzó el juicio en su contra en los Tribunales de Gualeguaychú, bajo la modalidad de juicio por jurado y con la presencia como jueza unipersonal de Alicia Vivian.

 

Macarena Ortiz declaró en esa primera jornada tras los alegatos de apertura, dio su versión de los hechos y remarcó su inocencia, pero no respondió preguntas de la Fiscalía. En ese momento había dos teorías en juicio, por el lado la parte acusadora que responsabilizaba a la joven por la muerte de su hijo, y por el otro lado la historia de la defensa, que alegaba la inocencia de la mujer y responsabilizaba de todo a su ex pareja, "Pato" Ferreyra.

 

Finalmente, el 23 de julio de 2023, y tras haber sido declarada culpable por el jurado que actuó en el juicio, la jueza Alicia Vivian condenó a prisión perpetua a Macarena Ortiz. Fue la culminación de un proceso donde el fiscal Lisandro Beherán había solicitado que se aplicara el máximo por el grado de la imputación, que estaba agravada por el vínculo y según el Código Penal no existe otra pena que no fuera la prisión perpetua.

 

Desde entonces la joven mujer cumple una medida de prisión preventiva en la cárcel de mujeres de Paraná, porque esa sentencia de primera instancia fue recurrida a la Cámara de Casación Penal de Concordia, que en marzo de este año resolvió sobre los planteos sobre la inconstitucionalidad que había planteado la defensa.

 

Los tres miembros de la Cámara de Casación Penal de Concordia coincidieron en rechazar el recurso de casación que había interpuesto el defensor oficial Pablo Ledesma tras la condena que recibió Macarena Ortiz, pero además se rechazó el planteo de inconstitucionalidad contra la pena de prisión perpetua que le fue dictada.

 

Pero la defensa volvió a insistir en la inocencia de la mujer. Se presentó un recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, como última ficha antes que quedara firme la sentencia y no hubiera más alternativa que cumplir con la condena perpetua, pero ya con dos fallos en contra las probabilidades de que la sentencia se pudiera revertir eran muy pocas.

 

Fue así que este martes, en la audiencia en Paraná, los integrantes de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos decidieron rechazar la impugnación extraordinaria sobre la sentencia dictada el 20 de marzo por la Cámara de Casación de Concordia y “confirmándose el pronunciamiento atacado”. (El Argentino)

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