Política Conflicto educativo

Habrá reunión de los gremios con el gobierno por declaraciones juradas docentes

La aplicación de esas declaraciones juradas fue rechazada por la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer). De igual modo, el ministro de Gobierno y Trabajo, Manuel Troncoso, ya aseguró que “no hay vuelta atrás”.

4 de Noviembre de 2024
Consejo de Educación Archivo

Declaraciones juradas docentes. El Gobierno y los sindicatos docentes se reunirán el jueves 7 de noviembre, primero, a las 10, en la Secretaría de Trabajo, para escuchar las demandas de maestros y profesores en materia salarial.

 

El mismo día, a las 15, en el Consejo General de Educación (CGE) los convocará otro tema: la aplicación de la resolución Nº 2.771, emitida el 24 de septiembre, que diseñó la implementación de las declaraciones juradas en las escuelas como método de seguimiento del ausentismo. Los sindicatos se oponen a la misma.

 

La iniciativa, señalan desde Educación, “tiene por objeto realizar un relevamiento mensual de la prestación de servicios del personal dependiente de los establecimientos educativos de la provincia de Entre Ríos, tanto en instituciones públicas como privadas, a los efectos de contar con una base de datos actualizada para una gestión efectiva de los recursos humanos existentes y para el diseño de políticas públicas que permitan garantizar la continuidad de las trayectorias pedagógicas en todos los establecimientos educativos”.

 

El gobierno sostiene que “dentro de los fines de la educación entrerriana previstos en la Ley 9.890 encontramos el deber del Estado Provincial de asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar desde los cuatro años de edad en la Educación Inicial hasta la finalización de la Educación Secundaria” y que “dentro de las responsabilidades del organismo, el Consejo General de Educación tiene a su cargo cumplir y hacer cumplir la política educativa, la legislación vigente y su reglamentación en materia de educación, debiendo planificar, administrar y supervisar el sistema educativo provincial”.

 

 

Rechazo, pero sin vuelta atrás

La aplicación de esas declaraciones juradas fue rechazada por el principal sindicato del sector, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer).

 

De igual modo, el lunes 28 de octubre, luego de una reunión con los sindicatos docentes, el ministro de Gobierno y Trabajo, Manuel Troncoso, aseguró que “no hay vuelta atrás” con la decisión del Gobierno de implementar las declaraciones juradas en las escuelas como forma de control del ausentismo aunque anunció que se conformará una comisión de estudio para escuchar los planteos de los sindicatos sobre ese ordenamiento.

Ministro Troncoso. Elonce

“En términos de fondo no hay vuelta atrás. Es una decisión política del gobernador (Rogelio Frigerio), creo que es justa y corresponde. Tenemos un sistema de control de presentismo que dista mucho del presente, estos tiempos donde la tecnología avanza, veníamos con un sistema que era medieval, y creo que también fortalece ese derecho que tiene el empleador de saber fehacientemente quién asiste y quién no a clase y es un acto de justicia para aquellos docentes que cumplen con la tarea. Vamos a convocar la comisión para que el sector sindical pueda hacer sus aportes para hacer el sistema perfectible. Vamos a discutir sobre la perfectibilidad del sistema de declaración jurada, pero vamos a mantener la decisión de sostenerlo porque queremos en ese sistema, queremos en el sistema de declaración jurada”, aseveró Troncoso.

 

 

Qué establece la normativa

 

 

De acuerdo a lo que establece la normativa que puso en vigencia el CGE el mecanismo funciona de la siguiente forma:

 

Quedan comprendidos dentro del relevamiento, en primera instancia, todo el personal docente de la Provincia de Entre Ríos que se encuentre cumpliendo funciones activas en los Establecimientos Educativos públicos y de gestión privada de la Provincia, pudiendo ampliarse a los demás agentes dependientes de este organismo con posterioridad.

 

Tiempo: La propuesta de relevamiento mensual se llevará a cabo durante un plazo de un año calendario, susceptible de prórroga, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente norma legal.

 

Objeto: El propósito de este relevamiento es obtener datos precisos sobre la prestación efectiva de servicio de los agentes dependientes del organismo, en primera instancia docentes, con el fin de facilitar una gestión más efectiva de los recursos existentes y permitir la implementación de propuestas orientadas a la mejora de los procesos de aprendizaje y la continuidad de las trayectorias pedagógicas de los alumnos. Al contrastar esta información con los datos existentes en el sistema SAGE, se podrá optimizar la gestión de los Recursos Humanos.

 

Frecuencia del Relevamiento: Los relevamientos se llevarán a cabo en principio de manera mensual, siendo su frecuencia de acuerdo a las necesidades existentes, a consideración de la superioridad conforme la política educativa y las facultades delegadas normativamente. Las fechas específicas de cada relevamiento, como así el plazo para cumplimentar con el mismo, serán comunicadas con un mínimo de 24 horas de antelación a la realización del mismo por SAGE.

 

Procedimiento del Relevamiento: El relevamiento consistirá en la cumplimentación de un formulario individual y personal a través del sistema SAGE (Sistema de Administración General de Educación). Este formulario tendrá carácter de declaración jurada, y su presentación será obligatoria en las fechas establecidas para el relevamiento. Los agentes deberán completar el formulario en el tiempo previsto para su presentación.

 

Consecuencias por Incumplimiento: En caso de que un agente no complete el formulario en el plazo estipulado, se presumirá que éste no prestó servicios en el establecimiento educativo durante el día y en la oportunidad correspondiente. Esta presunción se considerará para todos los efectos administrativos relacionados con la prestación de servicios en los establecimientos educativos. En caso de que el docente tuviere inconvenientes para completar con los datos requeridos en el relevamiento, como así también advirtiese errores y/u omisiones que impidieren la realización del mismo o, en su defecto, incurriere en algún error u omisión, deberá informar por vía jerárquica, de manera escrita, a través del establecimiento educativo en el que presta servicios, las circunstancias que impidieron que pudiera cumplimentar con el mismo, acompañando toda la documentación y prueba que estime pertinente para hacer valer su posición dentro de las 48 hs de finalizado el plazo de relevamiento. (Con información de Entre Ríos Ahora)

 

Prevalencia: En caso de disparidad entre la información obrante en Sistema SAGE y en la Declaración Jurada, habrá de estarse a lo señalado por la Declaración Jurada completada por el docente con las consecuencias legales que ello acarreará en caso de falsedad.

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