Sociedad ANMAT

Prohibieron el uso y la venta de repelente para mosquito que transmite el dengue

“No es posible brindar garantías acerca del cumplimiento de la condiciones higiénico-sanitarias pertinentes, y/o si fueron formulados con ingredientes permitidos por la normativa vigente”, indica la resolución de ANMAT publicada en el Boletín Oficial.

19 de Agosto de 2024

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea de un repelente natural de aedes aegypti, el mosquito que transmite el dengue, el zika y la fiebre chikungunya, y de otros dos productos similares, todos de origen nacional.

 

A través de la Disposición 7502/2024 publicada en el Boletín Oficial, ANMAT explicó en los considerandos de ese documento, que la medida abarca a los productos “Repelente natural de aedes Aegypti”; “Repelente Natural de mosquitos”; y “Repelente de Vainilla extracto natural”, todos de la marca Chakra Profesional.

 

 

Comercialización en medios electrónicos

Las actuaciones, detalló ese organismo, comenzaron cuando el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para Salud (DEGMPS) recibió una notificación en el marco del Sistema de Cosmetovigilancia de la ANMAT con relación a la comercialización en medios electrónicos de esos artículos.

 

En ese marco, se realizó una consulta a la base de datos del Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal a través de la cual pudo determinarse que los datos identificatorios expuestos no correspondían a productos repelentes de insectos inscriptos ante la ANMAT.

Posteriormente, se detectó los sitios web donde se ofrecían los artículos en cuestión y se dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria, con el objetivo de que gestionen las bajas de esas publicaciones de ventas electrónicas.

 

Proteger a eventuales usuarios

A partir de ello, se tomó la determinación antes citada, “a fin de proteger a eventuales usuarios de los productos involucrados".

 

Según expuso, "se trata de productos cosméticos no inscriptos ante la ANMAT para los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración”.

 

En consecuencia “no es posible brindar garantías acerca del cumplimiento de la condiciones higiénico-sanitarias pertinentes, y/o si fueron formulados con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable”.

repelente